Área de Derecho de la Música de DOMINGO MONFORTE Abogados Asociados
Pulseras cashless y prohibiciones de acceso: límites legales. Interesante sentencia, aun siendo de instancia, (Tribunal Civil Valencia 4) que ha declarado la nulidad de determinadas condiciones impuestas a los asistentes a un festival de música por considerarlas abusivas desde la óptica de la normativa de protección de consumidores y usuarios.
En concreto, el órgano judicial ha anulado la prohibición de acceder al recinto del festival con comida y bebida del exterior, al entender que dicha limitación supone, en la práctica, obligar al consumidor a contratar y consumir servicios complementarios no solicitados, como son los de restauración dentro del recinto. El juzgador razona que esta imposición vulnera el principio de libertad del consumidor y contraviene la prohibición legal de imponer servicios accesorios no pedidos.
Asimismo, la sentencia declara nula la cláusula relativa al cobro de tres euros en concepto de “gastos de gestión” para recuperar el saldo no consumido de la pulsera cashless utilizada como sistema de pago en el evento. El tribunal considera que dicho cargo resulta abusivo en la medida en que la empresa promotora no ha acreditado la existencia de un servicio real y efectivo que justifique ese coste, tratándose de una comisión automática que penaliza al consumidor por recuperar su propio dinero.
Aunque se trata de una resolución recurrible ante la Audiencia Provincial, el pronunciamiento resulta especialmente relevante para el sector de los eventos musicales y festivales, al reforzar los límites legales a determinadas prácticas habituales y recordar que la innovación en los modelos de gestión y pago no puede realizarse a costa de los derechos básicos de los consumidores.
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