AMPLIACIÓN DE AYUDAS DANA A VIVIENDAS Y ENSERES

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Área de Responsabilidad Civil de DOMINGO MONFORTE Abogados

Se han ampliado las ayudas por daños a viviendas, incluyendo a los inquilinos con residencia habitual en ellas y a los propietarios con viviendas arrendadas. Además, las compensaciones por pérdida de enseres ahora también cubren los bienes que no son de primera necesidad. Y lo más importante, se realizará un anticipo inmediato del 50% a todos los ciudadanos que soliciten las ayudas.

Son las medidas incluidas en el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

A continuación, resumimos las principales ayudas y cómo solicitarlas:

  1. Ayudas directas: puedes solicitarlas por Internet, mediante tu certificado electrónico o Cl@ve; o bien presencialmente, entregando el formulario que acompaña la resolución en alguna de las oficinas de atención al ciudadano que se irán desplegando en los municipios afectados, en cualquier registro público o en las oficinas de Correos
  • Fallecimiento e incapacidad: Hasta 72.000 euros.
  • Destrucción total de la vivienda: Hasta 60.480 euros.
  • Daños en la estructura de la vivienda: Hasta 41.280 euros.
  • Daños que no afecten a la estructura de la vivienda: Hasta 20.640 euros.
  • Daños en elementos comunes de una comunidad de vecinos: Hasta 36.896 euros.
  • Daños en enseres de primera necesidad: Hasta 10.320 euros.
  1. Indemnizaciones por vehículos y otros bienes asegurados:
  • Se solicitan a través del Consorcio de Compensación de Seguros.
  1. Beneficios fiscales:
  • Exención del IBI para el ejercicio 2024.
  • Exención de tasas de Tráfico para la baja de vehículos dañados o sustitución de carnets de conducir.
  • Exención del IRPF por las ayudas recibidas por daños personales.
  • Aplazamiento del segundo pago del IRPF para 2025.
  • Mejora de las prestaciones del Ingreso Mínimo Vital y pensiones no contributivas en un 15% durante 3 meses. Más información aquí.
  1. Mejora de las condiciones bancarias:
  • Suspensión temporal del pago de hipotecas y créditos. Se solicita a través de las entidades bancarias. Más información aquí.
  • Línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para acceder a préstamos en mejores condiciones. Más información aquí.

Recuerda que el plazo de presentación de solicitudes para la mayoría de las ayudas finaliza el 6 de febrero de 2025.

 

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