REVOCACIÓN DE LA CUSTODIA COMPARTIDA POR CONFLICTOS DE LOS HIJOS CON LA NUEVA PAREJA DEL PADRE

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Área de Derecho de Familia y Sucesiones de DOMINGO MONFORTE Abogados

No es infrecuente en procesos de familia que, atribuida la guarda y custodia compartida, surjan tensiones con la nueva pareja de uno de los padres custodios. Es el caso que analiza la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra de 27 de febrero de 2025.

En el proceso previo de divorcio seguido por los litigantes se estableció un régimen de guardia y custodia compartida de los hijos menores bajo un sistema de estancias de semana alternas. La Audiencia Provincial revocó la sentencia de instancia y atribuyó en exclusiva a la esposa la custodia de los hijos menores. Fue determinante que la hija mayor, próxima a cumplir los 17 años, manifestara la existencia de una modificación sustancial al iniciar el padre una nueva relación que conllevaba que convivieran con su nueva pareja y mantener su deseo de querer trasladarse a vivir solo con su madre que le genera más tranquilidad y confianza.

La Sala rechaza que esta decisión obedezca a un mero enfado circunstancial, como sostenía el padre, valorando la exposición sincera de las razones de la hija y la emoción aflorada por ésta  cuando relataba la pérdida de tranquilidad y reprocha el proceder del padre que debió iniciar la convivencia con su nueva pareja cuando se dieran las condiciones favorables que permitieran que la menor, en plena adolescencia, lo aceptara con tranquilidad y confianza. No se trata de valorar -se dice- la decisión del padre (aunque de hecho lo hace) sino de constatar los efectos que la misma produjo en las emociones de la hija y, en este sentido, estima que, en el momento actual, el interés superior de la hija exige atender a su deseo de convivencia exclusiva con la madre que le proporciona tranquilidad y confianza.

Por su parte, resuelve la Audiencia que el hijo pequeño manifestó que prefería vivir todas las semanas con su madre para poder estar todos los días con su hermana, y porque «se encuentra un poco incómodo con la pareja de su padre». Para la Sala, el deseo del niño de compartir su vida diaria con su hermana no responde únicamente a una expresión afectiva, sino también a una búsqueda de compartir el mismo espacio que, de manera cotidiana, permitirá también compartir aquellos períodos de tiempo que cada uno de ellos no dedique a actividades que, por su formación, o tiempo libre, lleven a cabo de manera individual. Profundiza en la motivación de la decisión  valorando que son esos momentos compartidos a diario los que permiten afianzar la relación entre los hermanos y, además, inciden de manera directa en el desarrollo de la personalidad de cada uno de ellos en los valores de compartir y respetar. El interés de los hijos menores tras su manifestación determina la revocación de la custodia compartida.

 

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